El art. 147 del Código de Trabajo establece que todos los días son hábiles para el trabajo, excepto los feriados y los días de descanso semanal. Dentro de los días feriados de pago obligatorio tenemos: [custom_list style=”list-2″]
- 1 de enero – Año Nuevo
- 11 de abril – Día de Juan Santamaría
- Jueves y Viernes Santos
- 1 de mayo – Día Internacional del Trabajo
- 25 de julio – Anexión del Partido de Nicoya (Guanacaste) a Costa Rica
- 15 de agosto – Día de la Madre
- 15 de setiembre – Independencia de Costa Rica
- 25 de diciembre – Navidad
[message type=”simple”] El sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mantiene una lista de preguntas frecuentes en torno a los feriados, la cual recomendamos:
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- ¿Cómo debe pagarse el día feriado si cae en día de descanso semanal?
- ¿Cómo debe pagarse el día feriado si se trabaja jornada extraordinaria?
- ¿Cómo se paga el día feriado si la jornada es acumulativa?
- ¿Cuáles días feriados trasladan su disfrute?
- ¿Es obligatorio qué la persona trabajadora labore los días feriados?
- ¿Qué derechos adicionales tienen las personas trabajadoras que practican una religión distinta a la católica?
- ¿Qué sucede si la persona trabajadora labora en el día feriado?[/custom_list]
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tengo que trabajar el 2 de agosto y me pagan por quincena me lo deben pagar doble o no
la empresa de seguridad en que laboro me esta mandando un mensaje de texto, que es día 15 de agosto, se debe de trabajar. Yo tengo un rol de noche que concluye en la mañana de este día, ellos se amparan en los articulos 149 y 150 el b y el d, en caso de necesitarme me estaran llamando a laborarlo y darme la alimentación
como se hace con el feriado quecae domingo
Que hay de cierto que los tres días que se dieron de vacaciones a nivel del MEP en los años 2013 y 2014 no se tenían que rebajar?
como deben pagarme el 25 de diciembre si cayo en mi dia de descanso semanal
trabajo en una empresa de sercio publico de autobus pero nuca se me a pagadoel dia doble quiciera saber si es por que mi salaeio es por quincena o mensual yo recibo mi salario por quincena en actualidad muchas gracias y espero mi respuesta a mi correo segun el articulo 147 148 y 149
Como se me debe pagar el dia 1ero de mayo si fue mi dia libre y fue feriado